Amenaza: Gravamen minero o paro regional
En
diálogo con el presidente del FREDICON, Felipe Domínguez, manifestó que si el
gobierno no devuelve el dinero del gravamen de la minería para Arequipa, junto
a otras organizaciones sociales (FREDICON, COFREN, y la central de mujeres de
Arequipa (COFREMA)) convocarán a un paro regional para Marzo, a fin de
recuperar los dineros de lo que antes se llamó “óvolo voluntario”, que fue un aporte del 3.75% de las utilidades
operativas de las mineras y hoy se llama “Ley
del gravamen especial a la
minería”.
La
nueva visión social del dirigente y pre candidato al congreso de la república,
recae en movilizar a las masas acompañado de soluciones “nosotros no solo
propiciaremos marchas, paros y huelgas, sino que ahora proponemos que la ley
29790 se modifique para que los recursos que capta la ley, pasen a las regiones
con el 70% para obras y 30% se destinen a las regiones que no cuentan con minería”, continuó “Arequipa, y
específicamente el Cono Norte, no tiene agua, desagüe, luz, asfaltos, escuelas,
postas, hospitales, ni apoyo a las MYPES para el desarrollo económico, o
titulaciones, por lo que las organizaciones sociales están planteando ir a un
paro regional en caso de no ser tomados en cuenta por el gobierno central”
puntualizó Felipe Domínguez Chávez.
Propuesta
de Modificación a la ley 29790
Articulo
2.- De la modificación de los artículos 2 y 3 de la ley 29790
Añádase al artículo
segundo lo siguiente:
2.3-
Siendo el gravamen un recurso público
este está destinado a financiar los proyectos de desarrollo social y
ambientales determinados por las políticas públicas dirigidas por el Gobierno
Nacional y los Gobiernos Regionales y locales en donde se producen estos
ingresos
Añádase al artículo
tercero lo siguiente:
3.D-
Los recursos que se obtenga por su aplicación son ingresos del tesoro público,
serán distribuidos y administrados en un 70% por los Gobiernos Regionales y
locales del lugar donde se producen y un 30% por el Gobierno Nacional, para los
fines previstos en el artículo segundo, inciso tercero, lugares donde no tienen
actividades de extracción de minerales.
3.
E- Los recursos que genere el gravamen minero, distribuidos según el inciso
anterior, serán utilizados por el Gobierno Nacional, según norma que precise el
presupuesto de la república y en el caso de los Gobiernos Regionales y Locales,
para continuar con los fines del fondo de solidaridad establecido por el aporte voluntario en asociaciones
público privadas que determinaran su propia forma de administración con la
supervisión de la sociedad civil
II.- Exposición De
Motivos
El
Perú es un país unitario y los recursos
son para toda la nación de acuerdo a la constitución política del Perú y en
respeto a las leyes, por lo que los recursos que generan las regiones deben ser
para su desarrollo económico y social en forma integral según su normatividad.
Existe
el impuesto a la renta que se aplica a las empresas mineras, están hacen pagos
de regalías y gravamen de acuerdo a la ley 29790.
El
impuesto del gravamen parte de un historial del óbolo voluntario, que antes era
el 3.75% y era administrado por asociaciones publica privadas. Hoy en una
similitud se llama gravamen, que se crea para incorporar el impuesto a las
sobre ganancias y tiene como base impositiva la utilidad operativa que en
resumen al aplicarse reduce la base imponible del impuesto a la renta y lo que
empeora que todo lo recaudado del gravamen se va a tesoro público o sea a la
ciudad de Lima para que sea distribuido a través del tesoro público y no cuenta
con una partida específica que diga que va a las regiones donde no hay
actividad minera, por lo que esos fondos están siendo desviados a otros gastos
y utilizados políticamente por el gobierno central, tales como el metro de
Lima, el tren eléctrico, entre otros gastos que serán materia de una
investigación por la desviación de fondos del gravamen minero y dejaría a las
regiones sin recursos.
Esto
es un atentado contra la regionalización y contra los recursos extraordinarios
que tenían las regiones que recibían por su extracción de materiales de sus
territorios y hoy han sido despojados ante la dejadez de los presidentes
regionales y la pasividad de los alcaldes, que hoy se ven con las manos atadas
y sumisos ante el centralismo limeño.
Es
urgente que se modifique los artículos 2 y 3 de la ley 29790 con el fin de
evitar la violencia social por los futuros reclamos que comenzaran las regiones
y sus pobladores al no tener durante 3 años y medio, y los venideros, sus
recursos que antes se llamaron óbolo voluntario. Y lo peor es que verán
reducido su canon minero, como a efectos se está viendo actualmente la baja de
los minerales, justo por la aplicación del gravamen minero.
Es
urgente que las autoridades nacionales recapaciten para que se retome la propuesta
de la modificatoria de la ley 29790, ya que van a existir muchos movimientos
regionales de presión y desbordes sociales ante el centralismo limeño.
III.- Análisis del
costo beneficio del presente proyecto de ley
Es
urgente que se rectifique estos artículos por ser centralistas y en resumen
sean 30% para el tesoro público (regiones que no tienen actividad minera) y 70%
para las regiones donde se produce la actividad minera. Con la supervisión de
la sociedad civil, y participación activa de las autoridades regionales y
municipales, y los responsables de las mineras, se controlará la percepción
real de apoyo de los aportes mineros a la colectividad y además el Estado podrá
redistribuir los recursos del gravamen de ese 30% a las regiones que no reciben
canon minero y quedar en paz con las regiones que si reciben y sufren la
contaminación permanente, y esto se ha empeorado porque los metales han bajado
y su desarrollo se ha detenido y es urgente que se devuelva el gravamen minero
a las regiones y municipios.
IV.- Efecto de la
vigencia de la norma sobre la legislación nacional
El
efecto es inmediato ya que estamos en el año 2015 y los recursos del gravamen
minero, que ya han enviado durante 3 años y medio las mineras de las regiones
productoras, están siendo distribuidos solo en Lima y al haber bajado los
precios de los minerales los ingresos por canon han disminuido y se va a
acrecentar los problemas sociales y para que exista la paz social que
contribuya con una buena gobernabilidad se debe modificar la ley 29790, y la
ley seguirá existiendo con las modificaciones hechas en la presente propuesta;
ley con su verdadera misión de devolver el 70% a las regiones productoras y el
30% para las regiones que no tienen actividad minera.
Sergio Gonzales Apaza
Periodista
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