Abugattás propone ley de
represión social
El fin de la
semana, el Presidente del Congreso de la República del Perú, Daniel Abugattás,
ha presentado el proyecto Ley denominada “Delito de grave perturbación de la
tranquilidad pública o terrorismo blanco”, el mismo que conllevaría a reformar
el Código Penal, toda vez que va incluir penas no menos de 5 años, ni mayor de
25 años, sin embargo como reza el viejo adagio, echa la ley, hecha la trampa.
El proyecto
señala que “Aquellas Personas Que Difundan O Pongan En Conocimiento De La
Autoridad Pública O Los Medios De Comunicación, Y Terminan Siendo Inexistentes,
Serán Sancionados Con Penas Privativas De La Libertad” Si bien, se debe de
penalizar toda acción que genere miedo o temor en la ciudadanía, esencialmente
cuando corresponda a una alerta que puede generar daños de gravedad psicológica
(atentado de bombas o similares), que en sí, muchas de esas denuncias terminan
siendo falsas alarmas tal como se ha suscitado la semana pasada en la región
del Cuzco o Arequipa, lo irrazonable del proyecto Ley en mención, es que puede
ser mal interpretado para casos sociales y a su vez, manejado por intereses de
la gran burguesía o de los grandes capitalistas, si se quiere decir.
Sucede que
dentro del proyecto de Ley presentada por el Presidente del Congreso, alcanza
las penas para aquellas personas que estén organizadas y que mediante ese
mecanismo, dice el proyecto Ley “Perturben Gravemente La Paz Pública, Usando
Medios Que Produzcan Alarma”, estos serán sancionados por penas por encima de
los 25 años.
Desde la
lógica del estado de derecho, puede ser considerado una configuración del
delito de terrorismo, los que organizados en una organización perturben la
tranquilidad pública, es decir, delitos serían tipificados todos aquellas
organizaciones que efectúen una medida de lucha con motivo de sus reclamos
reivindicativos, toda vez que, en una medida de fuerza popular, se configura el
delito a la tranquilidad pública, es decir, tal como lo rotula la propuesta de
Daniel Abugattás.
Ahora bien,
desde la perspectiva social, medito que este proyecto Ley, en realidad tendría
como esencia la persecución a los líderes y dirigentes gremiales sindicales,
populares, dado que, el proyecto Ley puntualiza “Toda Persona Que Estén
Organizada Y Que Mediante Ese Mecanismo Perturbe Gravemente La Paz Pública”,
por ende, los dirigentes indeliberadamente estarían siendo capturados y bajo el
nuevo Código Penal, serían sancionados con 25 años de pena efectiva, es decir,
una ley que persigue a quienes reclamen sus derechos conquistados y por
alcanzar.
Por lo
expuesto, creo que la forma del proyecto Ley propuesta por el Presidente del
Congreso, Daniel Abugattás, de encarcelar aquellos elementos que causen
falsamente alarmas, es de importancia de modo que, se prevé el delito; en
tanto, el fondo de este proyecto Ley, sería catastrófico y considerado como una
cacería de brujas si es que en los próximos días no se la revisa y se la
analiza en el fondo del contenido, dado que, desde que se indica “Perturbar La
Paz Pública”, las protestas sociales podrían ser tipificados como actos de
terrorismo blanco, delito que conllevaría a la captura de todos los dirigentes
y líderes sociales, que no hacen más que reclamar derechos que les
corresponden.
En
consecuencia, de modo que Daniel Abugattás proviene de una bancada
parlamentaria Nacionalista y un partido Progresista, dudo que la intención y la
iniciativa legislativa sea para perseguir a dirigentes y destruir el movimiento
popular; por lo que, es de emergencia analizar el fondo del proyecto, toda vez
que, esta puede variar sustancialmente si se le da una interpretación del
estado del derecho, y más aún, si es analizada a quienes realmente podría
alcanzar el ante proyecto Ley.
Sergio Gonzales Apaza
Periodista
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